Han transcurrido tres años desde que la ISO aprobó y publicó la norma
ISO 26000 de responsabilidad
social. Tuve la fortuna de haber
participado durante los ocho años que duro su estudio, tanto como moderadora de los países en
desarrollo como representante del grupo industria de los países en desarrollo ante
el CAG (Comité asesor a la presidencia del grupo).
Durante ese tiempo pude compartir muchas experiencias
enriquecedoras y fue mucho lo que
aprendí de las diversas culturas,
costumbres y sobre todo del comportamiento humano y de las sociedades
que conforman nuestro universo, muchas de las cuales no comparto, pero que me
permitieron conocer las distintas realidades.
Uno de los temas que más me apasionó y me impacto fue el tema de los
derechos humanos, primero por lo novedoso para mi, digo novedoso porque a pesar
de escucharlo durante muchos años, (recordemos que el 10 de diciembre se
celebraron 65 años de la Declaración Universal
de los derechos humanos), pensaba que era un tema que solo le afectaba a los
gobiernos y lo veía como algo muy lejos de las personas. Pero no, a través del compartir aprendí que es
un tema de todos y que definitivamente está muy relacionado con las
prácticas laborales y por supuesto con
las empresas, sin que nosotros escapemos de estas realidades.
Esta reflexión me hizo recordar un artículo que escribí en el año 2010
el día de los trabajadores http://blogforoiberoamericanors.blogspot.com/2010/05/una-vision-de-rse-de-la-calidad-del.html, en el cual señalaba las inquietudes que
siempre había tenido con respecto a los trabajadores, pero que en ese entonces no
las asociaba con los derechos humanos.
Otro aspecto que me impacto es lo difícil que fue ( y yo diría que es)
lograr un consenso en la definición de la responsabilidad social, poner de
acuerdo a 450 personas de diferentes grupos de interés ( gobiernos,
consumidores, industria, ONG,
consultores, organismos nacionales de normalización, trabajadores,
universidades, investigadores, etc.) sumado a que cada uno de estos grupos
estaban formados por personas de diferentes nacionalidades, regiones,
continentes, con diferentes culturas, profesiones, costumbres, y por ende diferentes sociedades.
En mi artículo de noviembre de 2012, publicado en el Diario Responsable (http://www.diarioresponsable.com/portada/destacados/16079-lo-bueno-lo-malo-y-lo-feo-de-la-iso-26000.html) yo mencionaba que “Esta Norma,
definitivamente ha tenido una contribución muy importante a la responsabilidad
Social y sobre todo ha contribuido en
gran manera al entendimiento real de lo que significa para una organización ser
“socialmente responsable” . Hoy día tengo mis dudas al respecto de esto
último.
Si bien es cierto que la Norma en
cierta forma, ha contribuido a la responsabilidad social, y ha significado un
logro enorme en materia de responsabilidad, definitivamente su adopción y
aplicación no ha sido del todo uniforme
y no ha tenido los resultados esperados, a pesar de ser una de las normas más populares
y más vendidas por la ISO.
¿Cuál es la razón
para esto?
David Felinsky, (Vice-Presidente
de IFAN (Federación Internacional de usuarios de Normas), menciona en el prólogo del
libro La Guía fácil para la ISO 26000 (The Easy Guide to ISO 26000), próximamente en español, que “No cabe duda de que uno de los factores
que contribuyen a este tema es la complejidad - tanto desde el punto de vista
del alcance del documento (tal vez tratando de ser muchas cosas para muchas
audiencias diferentes), además del tema en sí mismo. Si usted le preguntara a 10 o 100 o 1000
personas diferentes que explicaran su interpretación del concepto de
"responsabilidad social", lo más probable es que obtendría 10, 100 o
1.000 interpretaciones diferentes.”.
Por otra
parte, el hecho de no ser certificable, (cabe señalar que una norma de carácter certificable solo agravaría la situación aquí planteada como ya lo he mencionado en
artículos anteriores)[1],
ha
disminuido el interés por parte de muchos de los usuarios, quienes erróneamente
consideran que una certificación aumentaría su prestigio creando la imagen de
empresa “socialmente responsable” muy a pesar de lo suscrito por la misma ISO:
"Es claro como el cristal. No existe certificación alguna con la
norma ISO 26000 Guía de responsabilidad social "[2],
y afirma en la misma:
"ISO refuerza la posición [anterior], declarando:
o
La norma ISO 26000 tiene el propósito de reforzar, a nivel mundial, la responsabilidad social, la sostenibilidad
y el comportamiento ético en todo tipo de organizaciones.
o
No habrá ninguna certificación acreditada con la norma ISO 26000, ya que esto es contrario al propósito y el
espíritu de la norma.
o
Cualquier declaración de certificación con la norma ISO 26000 es engañosa y no es una demostración de la
conformidad con la norma ISO 26000.
o
Los miembros de la ISO reportarán cualquier organización que provea
la certificación con la norma ISO 26000
a la Secretaría Central de la ISO”.
En la reunión realizada en Ginebra en
noviembre de 2012, para evaluar la evolución en el uso y aplicación de la
Norma, se presentó una encuesta realizada por el Grupo de Post Publicación
(PPO) y enviada por la Secretaria de la ISO entre sus países miembros, en
la cual hasta esa fecha, 64 países habían adoptado la Norma sin cambios,
mientras que 17 estaban en proceso de adoptarla.
Según Jorge Cajazeira Ex presidente del
Grupo de trabajo, unas 10.000 empresas en el mundo estaban aplicando la norma.
Entonces yo me pregunto…si la Norma ISO 26000 ha
tenido tanta aceptación en el mundo (recordemos que contiene aproximadamente
480 recomendaciones en 113 páginas) en las cuales, el tema de los derechos humanos, además de ser
una materia fundamental, por su
principio fundamental de ser indivisible e interdependiente, cruza
tangencialmente todo las materias y prácticas fundamentales de la
responsabilidad social, ¿por qué surgen tantas situaciones en el mundo que representan
una flagrante violación a los derechos humanos incluyendo los derechos del
trabajador?
Ejemplo de lo que digo anteriormente son las situaciones
de riesgo para los derechos humanos (6.3.4 de la ISO 26000) que han
causado un sin número de accidentes, entre los cuales podemos destacar por su
magnitud, el derrumbe de
la fábrica textil de Bangladesh (mayo
2013), los incendios en las fábricas de textiles tanto en la India como en
Bangladesh (noviembre 2013), este último según el Instituto tecnológico del
fuego, debido a instalaciones eléctricas defectuosas y dispositivos de
seguridad insuficientes, http://www.itfuego.com/incendios%20notas/inc%20bangladesh%20125%20muertos.html
Otra
nota sobre esta situación es publicada en
Huffingtonpost con el título: Walmart:
10 Bangladesh Factories Fail Safety Checks (10 fabricas de Bangladesh fallan los
chequeos de seguridad) http//www.huffingtonpost.com/2013/11/18/walmart-bangladesh-saftey-issues_n_4295272.html?ncid=edlinkusaolp00000003.
Otra situación alarmante es el tema laboral de los
proveedores de empresas en Asia (http://online.wsj.com/news/articles/SB10001424052702304579404579235351833424162?utm_source=The+WRAP+Weekly+Newsletter-+Issue+253&utm_campaign=Weekly+Newsletter&utm_medium=email).
Y
otro tema que me ocupa enormemente
es que en aras de obtener consenso, en la ISO 26000 se dejo el término “las relaciones
personales” en vez de decir claramente orientación sexual en el asunto 6
(6.3.7) discriminación
y grupos vulnerables y más cuando leo que actualmente y
según informe de ILGA[3],
la Asociación Internacional de lesbianas, gays, transexuales y personas
intersex, a nivel global al menos 78 países tienen leyes que criminalizan las
relaciones consensuales del mimo sexo entre adultos, con castigos que van desde latigazos en Irán*, prisión en Argelia y cadena perpetua en
Bangladesh hasta la pena capital en Irán, Mauritania, Arabia Saudita, Sudán y
Yemen.
Sin embargo, en estos países o en su mayoría violan
permanentemente, y en algunos hasta por
ley o creencias religiosas, los derechos de la mujer inclusive permitiendo la violencia hacia la
mujer y los matrimonios con niñas. [¿Dónde queda el principio Respeto a
los derechos humanos (4.8) y el principio Respeto a la
normativa internacional de comportamiento (4.7) contenido en la Norma?][4].
En la
India (país que por cierto se opuso a la aprobación de la ISO 26000, al igual
que Cuba, Libia, Luxemburgo y USA), la Corte Suprema acaba de promulgar una ley, para ser más
exacta el 05 de diciembre, en la cual se prohíben las relaciones
homosexuales y se castigan con una pena
de hasta 10 años de cárcel. En la misma
tónica de “respeto por los derechos humanos”,
Uganda adopta el 20 de diciembre de este año una ley “draconiana”
contra la homosexualidad en la cual se castiga con cadena perpetua, http://www.eluniversal.com/internacional/131220/uganda-adopta-una-ley-draconiana-contra-la-homosexualidad
Y para
cerrar con broche de oro, entre los países recientemente elegidos como miembros
del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, a pesar de las
polémicas suscitadas por el record de violaciones de los derechos humanos, están Arabia Saudita, China, Cuba, Rusia, Argelia,
y Vietnam.
Todos estos acontecimientos me llevan a hacer una serie de preguntas:
¿Qué pasa con la declaración universal de derechos? ¿Quién la respeta y a
donde se respeta?
¿Es que los derechos humanos son
diferentes para los países occidentales que los orientales?
¿Es que las prácticas laborales y los derechos de los trabajadores son
para las empresas cuando operan en países desarrollados y no en los países en
desarrollo y especialmente países pobres?
¿Es que la responsabilidad social escapa de los gobiernos?
Si bien es
cierto, y así lo expresa la ISO 26000 en su texto, que todas las materias
fundamentales son pertinentes pero no todos los asuntos son relevantes,
declarando expresamente:
“Esta Norma Internacional
pretende ser de utilidad para todo tipo de organizaciones del sector privado,
público y sin fines de lucro, con independencia de que sean grandes o pequeñas
y estén operando en países desarrollados o en países en desarrollo. Aunque no
todas las partes de esta Norma Internacional se utilizarán de igual manera por
todos los tipos de organizaciones, todas las materias fundamentales son
pertinentes para todas las organizaciones. Todas las materias fundamentales
comprenden varios asuntos y es responsabilidad individual de cada organización
identificar qué asuntos resultan pertinentes e importantes para ser abordados
por la organización, a través de sus propias consideraciones y del diálogo con
las partes interesadas”
Para mí, el tema de derechos humanos
por ser inherentes, inalienables, universales,
Mientras que algunos tratan de “descubrir
la rueda” con temas como valor compartido, ESG (ambiente, social y gobernanza),
empresa social, etc. es lamentablemente
que después del esfuerzo titánico y la inversión millonaria, que hizo la ISO para
desarrollar la Norma ISO 26000 con el fin de reforzar y realzar el
concepto de la responsabilidad social, vivamos situaciones como las
anteriormente descritas.
Pareciera que
esta Norma a pesar de ser una de la más vendida, en vez de ser un referente……reposa
en la biblioteca del comprador…
#Argelia
al igual que Irán, Bangladesh y Vietnam
se abstuvieron de votar para la aprobación de la ISO 26000.
Ing.
Perla Puterman S.
@FRSIberoamerica
Otros artículos de interés
sobre el tema http://www.nytimes.com/2013/12/19/world/asia/after-collapse-bleak-struggle.html?_r=0