Mientras una organización no entienda la relevancia de los Derechos Humanos nunca será socialmente responsable
A raíz de mi participación activa en el proceso de desarrollo de la ISO 26000 desde sus inicios, una de las materias fundamentales descritas en la futura norma que mas me ha llamado la atención, quizás por mi vocación humanista aunque de profesión ingeniera, es el tema de los Derechos Humanos. Es por eso que me gustaría presentar una visión muy personal de los derechos humanos y su vinculación con las organizaciones y con la responsabilidad social a través de cada uno de los principales “stakeholders” ..
Los Derechos Humanos y la Responsabilidad Social
La Declaración Universal de los Derechos Humanos sin lugar a dudas es la primera iniciativa internacional en materia de responsabilidad social proclamada y adoptada en el año de 1948 por Resolución de la Asamblea General 217 A (III) de las Naciones Unidas del 10 de diciembre de 1948. Siendo esta complementada posteriormente por las convenciones sobre los Derechos civiles y políticos y los Derechos Económicos, sociales y culturales ambos aprobados en el año 1966 como Pactos Internacionales de Derechos Humanos.
Sin embargo la primera conexión directa fue cuando en el año de 1999 y por iniciativa de Kofi Annan se establece el Pacto Mundial con sus valores relativos a derechos humanos y prácticas laborales, iniciativa que sigue siendo 11 años después la mayor iniciativa en términos de sostenibilidad empresarial.
Hoy día la materia de los derechos humamos, por su principio fundamental de ser indivisible e interdependiente, cruza tangencialmente todo las materias y prácticas fundamentales de la responsabilidad social y tiene vinculación con todos los stakeholders de una organización (con la alta Gerencia o Gobierno organizacional, con los socios, con su personal interno y contratado, con los consumidores, con la competencia, con el cliente, con la comunidad y por supuesto como consecuencia de todo lo anterior, con la sociedad.
Los derechos humanos y la organización
Una organización no importa el tamaño, tipo, ubicación geográfica que desee iniciarse en el tema de la responsabilidad social, además de cumplir con las leyes locales debe por sobre todas las materias entender que debe respetar y reconocer tanto la importancia como universalidad de los derechos humanos no solo dentro de su organización sino a través de su esfera de influencia sobre la cual puede tener impactos. Una vez que el gobierno de una organización entienda esto y establezca públicamente su compromiso, el camino es mucho más sencillo.
La organización y los derechos humanos del trabajador
Para evaluar el impacto de una organización sobre sus stakeholders voy comenzar con el más importante y a veces más ignorado de una organización, el trabajador.
Quizás este sea el tema que debería ser mas obvio por cuanto ya de hecho los derechos fundamentales del trabajador son considerados como Derechos Humanos. De acuerdo a la Declaración de la OIT sobre los Principios y Derechos Fundamentales del Trabajo de 1998 (concretamente, los ocho Convenios Fundamentales de la OIT). Estos derechos son: la libertad de asociación y reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva, eliminación de toda forma de trabajo forzado, abolición del trabajo infantil y eliminación de la dicriminicación con respecto al empleo y la ocupación tema muy discutido actualmente y en especial por el respeto a la orientación sexual de las personas.
A mi entender existen también otros derechos humanos de los trabajadores que están vinculados con las prácticas de trabajo, estos son: las condiciones de trabajo en la cual se desenvuelve, la protección social, el derecho a una remuneración justa, el dialogo social, la salud y la seguridad en el trabajo, el derecho a respirar un ambiente sano, el desarrollo humano y la formación en el puesto de trabajo y en materia de derechos humanos, igualdad de oportunidades para todos y un tema muy comentado recientemente, el derecho a la conciliación de la vida familiar y personal.
La organización y los derechos humanos del proveedor
Si bien es cierto que las actividades de los proveedores pueden tener un alto impacto en la responsabilidad social de la organización, no menos cierto es que una organización aunque no sea responsable directa de posibles abusos de los derechos humanos por parte de sus proveedores, o aplicación de practicas laborales injustas a sus trabajadores, pudiese llegar a ser cómplice de los mismos, por lo cual, la organización debería tomar todas las medidas necesarias para que estas situaciones se evitaran y debería influir considerablemente en estos aspectos bien sea a través de sus decisiones de compras o a través de supervisiones para verificar el cumplimiento con la Declaración de los derechos humanos, convenciones internacionales y leyes nacionales en la materia laboral.
Adicionalmente la organización debería respetar los derechos de los proveedores a través de un trato justo y un pago oportuno.
La organización y los derechos humanos de los consumidores y lo clientes
Que esperan los consumidores y clientes de una organización en materia de derechos humanos, primero que se les considere como tal, léase seres humanos, que tengan derecho a estar informados sobre lo que compra y consumen, que se les atienda y se les respete y que no se les vea como enemigos o clientes difíciles cuando se quejan y que se respete la privacidad que adicionalmente esta contemplado en la Declaración Universal de Derechos Humanos en su Artículo 12. Adicionalmente, existen las Directrices de las Naciones Unidas para la Protección de los Consumidores el cual es el documento internacional más importante en el ámbito de la
de protección del consumidor. La Asamblea General adoptó estas Directrices en 1985 por consenso. En el año 1999 se ampliaron para incluir disposiciones sobre el consumo sostenible.
La organización y los derechos humanos de la comunidad
Que espera la comunidad de la organización, que exista un dialogo y un compromiso con sus necesidades, que no contaminen o destruyan el ambiente y el hábitat, que se respeten las costumbres de nuestros indígenas, que se entiendan las carencias y se puedan apoyar, que se respete la dignidad de los habitantes de la comunidad, que se les de oportunidades de empleo y de desarrollo y que se respeten en general sus derechos sociales, culturales y económicos.
Y por último y como consecuencia de todo lo anterior
La organización y los derechos humanos de la sociedad
Como sociedad esperamos que se respeten los derechos civiles y políticos, que no nos degraden desde ningún concepto, ni ambiental, ni económica ni socialmente, que no nos discriminen o maltraten y sobre todo que las organizaciones, al igual que nosotros como consumidores responsables, contribuyan al desarrollo sostenible de nuestro planeta respetando nuestras generaciones futuras.
Publicado en : http://www.rseprohumanablog.cl/?p=5334
ES UN TEMA RECURRENTE QUE REQUIERE SERES HUMANOS DIMENSIONALMENTE ETICOS, LOS CUALES EN NUESTRO PLANETA NO EXISTEN.
ResponderEliminarDURANTE LOS CONFLICTOS BELICOS SE DEMUESTRA QUE NO EXISTE RESPETO POR LA VIDA NI POR NUESTRO PLANETA.